El miércoles 5 de julio se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto 571/2023, de 4 de julio, sobre inversiones exteriores (RD 571/2023), que desarrolla la Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior (Ley 19/2003) y que entrará en vigor el 1 de septiembre de 2023.
En esta alerta, se exponen los contenidos esenciales de este nuevo RD 571/2023, con particular referencia a aquellos extremos que desarrollan, innovándolas, las previsiones contenidas en la Ley 19/2003:
- Antecedentes
- Entrada en vigor y aplicación
- Delimitación del concepto de inversión extranjera: exclusión de reestructuraciones internas e incrementos de participaciones superiores al 10% que no comporten cambio de control
- Delimitación del sujeto inversor en determinados supuestos: la sociedad gestora de fondos e instituciones de inversión colectiva y el criterio de titularidad real de inversores comunitarios y de la EFTA
- Delimitación de los sectores restringidos definidos en el artículo 7 bis.2 de la Ley 19/2003
- Delimitación de las características del sujeto inversor determinantes de la sujeción a autorización
- Exención de autorización de ciertas inversiones
- Previsiones procedimentales: regulación de las consultas previas
- Previsiones procedimentales: procedimiento de autorización
- Obligaciones de información
- Reglas específicas para inversiones en actividades relacionadas con la Defensa Nacional
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Leopoldo González-Echenique
Partner, Head of Financial Services Regulatory, Madrid
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