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El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto Ley que recoge el acuerdo alcanzado entre el Gobierno, las organizaciones sindicales CCOO y UGT, y las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME para reformar estructuralmente el mercado laboral. La nueva norma, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, el día 30 de diciembre de 2021, entrando en vigor desde el día de su publicación, y cuenta con un periodo transitorio (vacatio legis) de tres meses para que las empresas adapten su contratación temporal a la nueva norma, que se alargará hasta los seis meses en el caso del desaparecido contrato de obra o servicio.

El texto tiene tres núcleos centrales: (i) modificación de la negociación colectiva, (ii) medidas dirigidas a reducir el empleo temporal e (iii) instauración del nuevo mecanismo RED, para incrementar la flexibilidad interna en las empresas e intentar evitar el despido de trabajadores. A continuación, exponemos las principales novedades.

  • Vigencia indefinida del Convenio Colectivo
  • Contratación de duración determinada
  • Contratos formativos
  • Las contratas y subcontratas aplicarán su convenio sectorial
  • Flexibilidad interna. Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización en el empleo

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